Cuando fallece un ser querido en Argentina, es importante reunir una serie de documentos y llevar a cabo ciertos trámites legales y administrativos. A continuación, se enumeran los documentos y acciones que generalmente son necesarios:
Si ya se tiene la partida de defunción se puede asentar el fallecimiento en la libreta de matrimonio.
Averiguar en el Registro que corresponde cuáles son los pasos a seguir.
Si el fallecido tenía un CUIL (para personas) o CUIT (para empresas o trabajadores autónomos), es importante tener esta información a mano.
Si se está viajando por otro país o es residente, averiguar qué hay que hacer en el Consulado o Embajada Argentina de ese destino.
Avisar en su trabajo y averiguar los días de licencia que le corresponden como trabajador (privado o estatal).
Cementerios privados: consultar cuales son los derechos y obligaciones tanto para los dueños de parcelas como para los administradores de cementerios privados.
Si el difunto había redactado un testamento o tenía una última voluntad registrada, es importante tener una copia de este documento para su revisión por parte de un abogado o notario.
Si el fallecido tenía un seguro de vida, es necesario presentar la póliza y contactar a la compañía de seguros correspondiente para solicitar el pago de los beneficios.
Si el difunto era afiliado a una obra social o al PAMI, es importante tener su carnet para cancelar la afiliación y realizar los trámites correspondientes.
Si el fallecido era propietario de vehículos, es necesario tener la documentación de los mismos, como el título del automóvil y el registro de conducir.
Cualquier contrato vigente o deuda pendiente debe ser identificado y gestionado.
Si el difunto recibió un tratamiento médico o tenía antecedentes médicos relevantes, es útil tener acceso a la historia clínica y los registros médicos.
Si su familiar era jubilado/a o pensionado, puede solicitar el subsidio que le va a ayudar a afrontar los gastos de sepelio.
Cuando fallece un jubilado, los familiares tienen el derecho a una pensión: la viuda/o (cónyuge o concubino/a previsional) y los hijos/as solteros hasta los 18 años (que no perciban otra prestación), pueden solicitarla.
Si el trabajador fallecido cumplía con la condición de aportante regular o irregular con derecho, los familiares pueden tramitarla.
Si es familiar de un jubilado o pensionado fallecido puede percibir los días pendientes de cobro (más la proporción del aguinaldo que corresponda) hasta el día del fallecimiento.
Si quiere acceder a la pensión que ya está cobrando un familiar de la persona fallecida, tiene que acreditar el vínculo con esa persona fallecida, para poder compartir el cobro del beneficio.
Última actualización: 21/01/2024
Esta entrada fue modificada por última vez en 21 de enero de 2024 19:58
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